Erie Insurance v. Larose – Jurisdicción para reclamos por accidentes automovilísticos en Florida

En términos generales, los tribunales estatales de Florida tienen la autoridad y la jurisdicción para conocer de las demandas civiles relacionadas con accidentes automovilísticos ocurridos en este estado. Sin embargo, como lo demuestra el reciente caso de Erie Insurance v. Larose , una cuestión compleja sobre la jurisdicción personal de una aseguradora puede obligar a un demandante a presentar su reclamación ante un tribunal federal.

En el caso de Larose, la cuestión era si una compañía de seguros de automóviles de fuera del estado que emitió una póliza a un asegurado fuera del estado:

  • Cumplió con los criterios para el estatuto de jurisdicción de brazo largo de Florida en FS 48.193;
  • Tuvo un número suficiente de contactos con Florida para que someterlo a la jurisdicción de los tribunales de Florida no ofendiera el debido proceso constitucional.

Si bien el tribunal consideró que el estatuto de brazo largo de Florida era aplicable, no pudo determinar que el demandante probara que el demandado tenía una cantidad suficiente de contactos en Florida.

Según los registros judiciales (sin que se hayan cuestionado los siguientes hechos), la demandada es una empresa con sede en Pensilvania. No tiene licencia para emitir pólizas de seguros en Florida. Tampoco tiene oficinas aquí y no emite pólizas ni busca negocios aquí. Sin embargo, emitió una póliza a una empresa de almacenamiento de juguetes en Wisconsin, donde la aseguradora tenía licencia para operar.

Los vehículos que se asegurarían se estacionarían principalmente en Wisconsin. No obstante, la cobertura, que incluía prestaciones para conductores sin seguro o con seguro insuficiente, se extendería a los accidentes automovilísticos que ocurrieran en cualquier parte de Estados Unidos y Canadá.

En 2013, alguien de la compañía condujo uno de los vehículos asegurados hasta Florida. Mientras el vehículo se encontraba en ese estado, alguien le dio permiso al demandante para conducir ese vehículo. Nadie discute que el demandante conducía el vehículo asegurado en Florida con el permiso del asegurado. Mientras el demandante conducía el vehículo en el condado de Pinellas, estuvo involucrado en un accidente automovilístico y sufrió lesiones.

Posteriormente, el demandante presentó una reclamación por los beneficios de conductor con seguro insuficiente según la póliza del demandado. El demandado denegó la reclamación con el argumento de que las lesiones del demandante no excedían los límites de la cobertura de responsabilidad del conductor culpable. El demandante no estuvo de acuerdo y presentó una demanda en un tribunal estatal de Florida contra la aseguradora, solicitando la recuperación de esos beneficios de conductor con seguro insuficiente.

En respuesta, la aseguradora solicitó la desestimación, argumentando que los tribunales de Florida carecían de jurisdicción personal sobre el asunto.

Nuestros abogados especializados en accidentes automovilísticos entienden que, en ese momento, el demandante debía probar que el demandado había incurrido en una conducta que se ajustaba a la jurisdicción extraterritorial y que, además, había tenido contactos mínimos en Florida. El tribunal falló a favor del demandante y denegó la moción de desestimación de la defensa.

Con respecto al estatuto de jurisdicción de brazo largo, el tribunal de apelaciones dictaminó que existía jurisdicción vinculada al caso. Específicamente, si el pago de los beneficios de la póliza de primera parte se debe al demandante en Florida, donde el contrato no especifica dónde debe ocurrir el lugar de pago.

Por lo general, cuando en la póliza no se indica el lugar de cumplimiento, el pago debe realizarse en el lugar de residencia del asegurado (y esa es la regla general tanto en Wisconsin como en Florida). En este caso, dado que el demandante reside en Florida, presentó argumentos suficientes para demostrar que el pago se debía en Florida.

Sin embargo, el tribunal de apelaciones dictaminó que el demandante no tenía razón en cuanto a la cuestión de los contactos mínimos. En este caso, la aseguradora tiene su sede en Pensilvania y emitió una póliza a una empresa de Wisconsin para vehículos que iban a ser utilizados principalmente allí. Por lo tanto, la aseguradora no hizo nada que pudiera aprovecharse deliberadamente para realizar negocios en Florida. El hecho de que su asegurado permitiera al demandante, residente de Florida, conducir un vehículo asegurado en Florida (un acto que únicamente realizó el asegurado) no proporciona los contactos mínimos necesarios para cumplir con el estatuto.

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Recursos adicionales:

Erie Insurance contra Larose , 19 de octubre de 2016, Tribunal de Apelaciones del Segundo Distrito de Florida

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